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Durante los primeros días de mayó se publicó la Ley N° 21.155, la cual tiene como cuerpo cimentar las medidas de protección a la lactancia materna y el amamantamiento, donde cuyos de sus cuyos objetivos primordiales son:
La presente ley busca proteger el derecho a libre amamantamiento de toda madre hacia sus hijos, en todo tipo de lugares, independiente del destino o uso de los mismo, por cuanto lo que busca proteger es el interés superior del lactante. Inclusive, se consiga el eventual apoyo y colaboración del padre cuando ello fuese posible, sin que pueda imponérseles condiciones o requisitos que exijan ocultar el amamantamiento o restringirlo.
Bajo este tenor, la ley consiga eventuales sanciones a quienes infrinjan este derecho con una multa de 4 UTM, la cual se deberá efectuar mediante denuncia en el Juzgado de Policía Local correspondiente al lugar de la infracción
Además indica que el uso de salas especiales de amamantamiento será siempre voluntario para las madres y que éstas deberán presentar condiciones adecuadas de higiene, comodidad y seguridad. Junto con lo anterior, la ley señala que el empleador deberá otorgar las facilidades a la madre para que extraiga y almacene la leche extraída.
Otro punto importante de la ley es el Derecho a la información y deber de publicidad señalando que todas las personas -gestantes, madres y padres- tienen derecho a recibir información oportuna, veraz y comprensible sobre el inicio, mantenimiento y beneficios de la lactancia materna y del amamantamiento, lo cual deberá realizar a través de infografías y materiales educativos.
Finalmente, realza la importancia de la Participación y corresponsabilidad social, dando importancia a la labor que toda persona tiene derecho a participar en la promoción, protección y apoyo de la lactancia materna.
[1] Fuente: Biblioteca del Congreso Nacional https://www.bcn.cl/leyfacil/recurso/proteccion-de-la-lactancia-materna-y-el-amamantamiento
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